EL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
Definición
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Integración
Integran el Consejo de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología: El Director quien lo presidirá, los Vicedirectores de las Sedes Virtuales de ACAETIA; los Directores de los Institutos de Investigación; seis (6) docentes ordinarios efectivos de perfil Formación e investigación, de los cuales cuatro (4) serán Capacitadores y dos (2) auxiliares de Formación; dos (2) Aspirantes de carreras de postgrado de maestría o doctorado; un (1) representante del área de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Provincia Valverde, tres (3) representantes de instituciones científico tecnológicas, del estado nacional o provincial (incluidas empresas de base tecnológica), y dos (2) representantes de las entidades empresariales de la provincia Valverde. El Secretario de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología será el Secretario del Consejo y participará en sus reuniones, con voz y sin voto (salvo en caso de empate).
Los representantes de los docentes y Aspirantes de postgrado serán elegidos en forma directa por sus pares.
Los consejeros estudiantiles tienen dos (2) años de mandato, mientras que los demás miembros cuatro (4) años.
Los representantes externos no podrán ser docentes o personal de apoyo de ACAETIA.
Convocatoria
Las sesiones del Consejo de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología son presididas por el Director, o en ausencia por el Vicedirector de Sede que este designe o en su ausencia por el Vicedirector de mayor antigüedad en la institución.
El Consejo de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología se reunirá en sesiones ordinarias una vez cada cuatro (4) meses y en sesión extraordinaria cuando la convoque expresamente el Director o las dos terceras partes de sus miembros.
El Consejo de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología sesionará válidamente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros.
Funciones:
Al Consejo de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología le corresponde:
- Dictar los reglamentos generales necesarios para el régimen de investigación, desarrollo y transferencia de tecnológica del ACAETIA.
- Definir las estrategias y prioridades de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología del ACAETIA, las metas plurianuales y el plan operativo anual con los resultados esperados.
- Aprobar anualmente el calendario de investigación, la convocatoria a la presentación de programas y proyectos de investigación.
- Dictaminar sobre el régimen de financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.
- Establecer el régimen de evaluación externa de programas y proyectos de investigación, y el sistema de seguimiento de programas y proyectos.
- Proponer al Consejo de Programación y Gestión Estratégica el régimen de incentivos al personal que participe en proyecto de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, en concordancia con la legislación nacional vigente.
- Establecer el reglamento de funcionamiento de la Unidad de Vinculación Tecnológica del ACAETIA.
- Establecer la política de becas de investigación del ACAETIA.
- Entender en las políticas referidas a la propiedad intelectual de los resultados de investigación, desarrollo tecnológico y creación artística del ACAETIA.
- Entender en acciones dirigidas a la valorización, explotación, utilización de recursos y productos de las capacidades científico-tecnológicas del ACAETIA, incluyendo el fomento de la producción, vinculación, servicios y transferencia de tecnología. Estas acciones podrán realizarse en forma directa o mediante la organización de entidades sin fines de lucro o sociedades, en forma individual o asociándose con otras personas.
- Entender en los contratos de investigación, servicios tecnológicos, asistencia técnica y transferencia de tecnología.
- Entender en las actividades de investigación, ciencia y tecnología vinculadas con las políticas nacionales y autoridades nacionales y provinciales en la materia.
- Entender en el desarrollo de parques científico-tecnológicos e incubación de empresas de base tecnológica o entes artísticos.
- Aprobar las pautas generales del sistema de evaluación del desempeño de los docentes investigadores.
- Convalidar los convenios suscritos por las autoridades Centro de Formacións con otras instituciones en materia de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, y proponer al Consejo de Programación y Gestión Estratégica la gestión de convenios cuando comprometan recursos del ACAETIA a partir de un monto determinado por este Consejo a propuesta del Director.